Diccionario jurídico
| Termino | Definicion |
|---|---|
| IPSO JURE. |
Por imperativo legal. |
| IRRETROACTlVIDAD. |
Principio legislativo y jurídico, según el cual las leyes no tienen efecto en cuanto a los hechos anteriores a su promulgación, salvo expresa disposición en contrario. En Derecho penal, la irretroactividad a favor del reo constituye el principio, a no determinarse lo contrario. El CC establece la irretroactividad de las leyes, con la reserva de que dispongan ellas mismas lo contrario. |
| IURIS ET DE JURE. |
Por disposición del Derecho. Que no cabe prueba en contrario. |
| IURIS TANTUM. |
Mientras no se demuestre lo contrario. Que cabe prueba en contrario. |
