Diccionario jurídico

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Termino Definicion
NEGATORIA.

Acción real que compete al dueño de una finca libre, para oponerse a quien pretende tener sobre ella alguna servidumbre; a fin de obtener la declaración de libertad, al menos en cuanto a tal gravamen, y la condena del perturbador al resarcimiento de los daños y perjuicios causados; con apercibimiento, además, de que en lo sucesivo se abstenga de atribuirse derechos que no tiene o de intentar ejercerlos, con usurpación de las legítimas facultades del dueño absoluto.