Diccionario jurídico

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Termino Definicion
ABUSO DE SUPERIORIDAD.

Circunstancia agravante del Código Penal determinada por aprovechar en la comisión del delito la notable desproporción de fuerza o número entre delincuentes y víctimas.

ABUSOS SEXUALES.

Delito consistente en la realización de actos atentatorios contra la libertad sexual de una persona sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento.

Abusus non est usus, sed corruptela

Locución latina que equivale que equivale a que el abuso no es uso, sino corruptela

Abusus non tollit usum:

Máxima jurídica que indica que el daño que puede producir o produce el abuso de una cosa no obsta para que ésta sea buena en sí misma.

ACCESIÓN.

Modo de adquirir el dominio, según el cual el propietario de una cosa hace suyo, no solamente lo que ella produce, sino también lo que se le une o incorpora por obra de la naturaleza o por mano del hombre, o por ambos medios a la vez, siguiendo lo accesorio a lo principal.

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