Reformas a la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio y a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa, a fin de contribuir a garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y los tratados internacionales suscritos y ratificados por El Salvador, relativos al derecho al nombre y a la nacionalidad que toda persona tiene desde su nacimiento.
Con éstas se amplía de cinco a siete años el plazo para asentar las partidas de nacimiento que no se hayan realizado en el tiempo fijado legalmente, el cual también es extendido de 15 a 90 días, lo que para la diputada Norma Guevara, beneficiará a quienes por enfermedad o trabajo no puedan realizar el trámite con prontitud, evitándoles a corto plazo pagar una multa que en muchos casos ha sido la causa para que el asentamiento no se registrara.
Para el diputado Guillermo Ávila, las reformas vienen a modernizar y dignificar los procedimientos registrales para asentar todos los estados familiares.
Por su parte el diputado Mario Ponce destacó que las nuevas normativas dan facultades a las municipalidades con relación al manejo del Estado Familiar. Los registradores del Estado Familiar deberán remitir mensualmente un informe de las defunciones que asienten, al Registro nacional de las Personas Naturales.
Estas reformas también permitirán dar uniformidad a todos los asientos o modificaciones que se realicen en los registros del estado familiar de todas las alcaldías del país.
Fuente: La Prensa Grafica.
