La sesión de trabajo de la Comisión Obras Públicas, Transporte y Vivienda inició este día con el estudio y discusión a la solicitud hecha por el Diputado Elizardo González Lovo en establecer una reforma al Artículo 17, literal B de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, para adicionar requisitos únicos para la obtención de tarjetas de circulación y placas por primera vez o reposición de las mismas.

Las reformas expresan la creación de un nuevo Artículo estableciendo los requisitos únicos siguientes; todo vehículo automotor importado de toda clase que ingrese al país, para la obtención de placas y autorización de tarjeta de circulación deberá reunir los requisitos únicos como; documentos que acrediten la propiedad del vehículo y el país de origen; los de desalmasenaje extendidos por las autoridades de la Dirección General de Aduanas; la póliza de importación debidamente cancelada donde estén plasmadas las características del vehículo emitidas por la Dirección General de Aduanas; el certificado de la emisión de gases,  finalizando con el pago de lo impuestos respectivos.

Así mismo para efectuar el trámite de reposición de las placas ya sea por pérdida o destrucción, bastará con la denuncia interpuesta por el interesado ante la Policía Nacional Civil y el pago de dicha reposición.

“La finalidad de esta reforma es beneficiar una gran cantidad de salvadoreños que se han visto afectados cuando realizan trámites por primera vez, en cuanto a este rubro de trasporte”, expresó el Diputado Elizardo Lovo, Secretario de Junta Directiva.

Al final de la discusión, los legisladores consensuaron solicitar al Viceministro de Trasporte un informe de los requisitos establecidos en le Artículo 17 y el procedimiento general que establece la Ley en cuanto a la solicitud antes mencionada.