El juzgamiento de posibles ilegalidades cometidas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) volvió a acentuar las fisuras entre cuatro magistrados que tomaron posesión del cargo en julio de 2009 y otros 11 miembros del pleno.
Mientras la mayoría de integrantes de la Sala de lo Constitucional emitió una resolución en la que se faculta a “controlar las actuaciones” de la Corte, otros funcionarios responden que esa disposición –que data del 3 de febrero de 2010– es “inexistente”.
La controversia inició el 28 de enero de 2010 en la mañana. Ese día, el presidente de la Corte, José Belarmino Jaime, y los magistrados Sidney Blanco, Rodolfo González y Florentín Meléndez pedían abstenerse de conocer las respuestas del pleno al amparo que presentó un ex empleado del área financiera, en febrero de 2008; la excusa les permitiría seguir juzgando las supuestas ilegalidades cometidas por la CSJ.
“Los señores magistrados al estar conociendo del proceso de amparo contra esta Corte, se han colocado en la situación de ser juez y parte; y, por considerarse competentes para conocer del proceso de amparo, no pueden al mismo tiempo ser integrantes de la CSJ como autoridad demandada que es”, argumentaron.
Luego de que González explicó la excusa, los cuatro magistrados se retiraron de la reunión. El pleno quedó, entonces, dirigido por Néstor Castaneda, integrante de la Sala de lo Constitucional, pero separado del amparo a solicitud del demandante, Hugo Zelaya.
El magistrado de la Sala de lo Penal, Miguel Trejo, propuso, primero, conocer la demanda, la excusa y, por último una notificación de la Sala de lo Constitucional emitida un día antes (27 de enero de 2010). Fue el magistrado de la Sala de lo Penal, Ulices del Dios Guzmán, quien propuso desestimar la excusa, establecer que los magistrados tienen un impedimento y separarlos del conocimiento del amparo para que el caso sea resuelto por los suplentes. “No pueden ser juez y parte; pero en lo que se equivocan es que le solicitan a la Corte que los excuse de ser miembros de la Corte, ellos por ley son miembros de la Corte. Es similar a un caso que a un juez deudor le llegue un caso contra él mismo, ¿de qué se podría separar? ¿de ser juez o de ser deudor? No puede dejar de ser deudor. La demanda va contra la Corte y ellos (sala) son miembros de la parte demandada”, argumenta Guzmán.
El razonamiento de la magistrada Rosa María Fortín Huezo siguió el mismo camino. Ella habló de la independencia e imparcialidad del juzgador y consideró que al demandarse a la Corte Plena “se les demanda a todos por ser un solo cuerpo”. Y ya no hubo otras opiniones. Los 11 magistrados –todos propietarios– acordaron “aclarar” a la Sala de lo Constitucional que la competencia que confiere la Carta Magna para conocer los procesos de amparo no es atribuida a los magistrados, sino al tribunal.
Seis días tardaron los cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional para atenuar esa decisión: “La sala goza de supremacía interpretativa que le es propia (...) posee el monopolio para invalidar cualquier acto normativo con efectos generales y abstractos, y puede anular las decisiones de jueces y tribunales ordinarios, incluso de la Corte Suprema de Justicia”.
LA PRENSA GRÁFICA intentó conversar con dos magistrados que pronunciaron esa resolución: González y Blanco. En el caso del primero, dijo una asistente, se encontraba fuera del país, y el segundo magistrado dijo que no podía referirse al caso porque está pendiente una decisión final y no puede adelantar criterio del caso.
Por su parte el presidente de la CSJ, Belarmino Jaime, fue tajante al decir que no se referiría al tema: “Mire, esa fue una situación que se dio en la Corte, en la cual no le voy a comentar nada porque son cuestiones internas”. El también magistrado titular de la Sala de lo Constitucional agregó: “Ya la resolución está hasta notificada, pero no le voy a comentar sobre esto”.
Por su parte, Guzmán dijo: “Para empezar cuatro propietarios han sido reemplazados por sus suplentes. En segundo lugar, esa resolución la sacaron ya no estando en funciones. Quienes convocan ya no están en conocimiento de ese caso”. La Corte en Pleno, dice el magistrado Néstor Castaneda, está analizando qué medidas tomar.
Fuente: La Prensa Grafica.
