La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró esta semana como inconstitucional el literal e del artículo 9 de la Ley de Gravámenes Relacionados con el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, y Artículos Similares. Con dicha resolución se beneficia a las empresas privadas de seguridad a no seguir cancelando anualmente $1,142.86 al Ministerio de la Defensa Nacional.

El magistrado Rodolfo González, de la CSJ, confirmó que la resolución se tomó en la reunión de este viernes, ya que se advirtió una “doble tributación” de parte de las agencias privadas de seguridad que, desde 2008, se habían amparado ante la máxima autoridad judicial al alegar que cancelaban muchos impuestos y que también pagaban a la Policía Nacional Civil (PNC).

Entre 2008 y 2009 por lo menos seis empresas de seguridad privada se ampararon ante la CSJ, pese a que ya existía una demanda de declarar inconstitucional y frenar de esa manera la cancelación de impuestos. La Corte admitió la demanda y el pago de $1,142 cesó desde ese momento.

El artículo declarado inconstitucional reseña literalmente: “...los derechos fiscales para toda clase de permiso especial están sujetos a la actividad que se vaya a realizar así: (...) e) Empresa de seguridad, $1,142.86”.

El motivo de la inconstitucionalidad es que tales comercios ya cancelaban –desde antes de que la Ley de Gravámenes se aprobó en 2004 mediante decreto legislativo– impuestos a la PNC, dándole cumplimiento al artículo 8 de la Ley de Servicios Privados de Seguridad, que establecía un monto aproximadamente de seis salarios mínimos cada tres años.

El encargado del registro y verificación de la PNC, en 2008, dijo a LA PRENSA GRÁFICA que la recaudación de impuestos por registro que las empresas dejaban era mínimo, comparado con lo que se cancelaba a Defensa, entidad responsable del registro de armas. En ese año, la PNC tenía registradas 192 empresas privadas de seguridad.

La declaratoria de inconstitucionalidad, al tomar como base el registro de esos comercios, deja sin una recaudación al Estado con alrededor de $219,429.12 anuales. En cambio, lo recaudado por el fisco en impuestos a través del registro de la Policía es de $36,921.60 cada tres años.

Las empresas demandantes se quejaron, en su momento, de que tenían que cancelar IVA, renta y además de la refrenda de armas.

Fuente: La Prensa Grafica.