Un decreto legislativo sobre un empréstito internacional aprobado por los diputados en 2002 fue objetado por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Los magistrados del tribunal constitucional argumentaron en su sentencia que el decreto violó preceptos constitucionales porque los legisladores con dispensa de trámite —procedimiento mediante el cual se obvia el análisis de una pieza de correspondencia en la comisión respectiva— lo avalaron sin discusión en el Salón Azul.

El congreso aprobó con 58 votos, el 21 de agosto de 2002, el dictamen favorable emitido por la comisión de hacienda mediante el cual se facultaba al Ejecutivo a suscribir un préstamo de $42.4 millones con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Las disposiciones de la Carta Magna que a criterio de la Sala fueron transgredidos son: 134 y 135, ya que no hubo debate en el pleno para la aprobación del dictamen. Los artículos constitucionales refieren a que todo proyecto de ley debe ser firmado por la mayoría de la junta directiva, y discutido, previo a su aprobación, en el Salón Azul.

El fallo del máximo tribunal está rubricado por sus cinco magistrados.
Menjívar avaló decreto

El recurso fue presentado en su oportunidad por legisladores efemelenistas, que cuestionaron la aprobación de tres decretos relacionados con préstamos.

Durante el desarrollo de este proceso, cuando la Sala previno a la Asamblea para que expusiera sus argumentos, fue una diputada efemelenista la que defendió la actuación del Palacio Legislativo.

La entonces secretaria de junta directiva del congreso, Violeta Menjívar, aseguró en el informe rendido que en el decreto “no existe la inconstitucionalidad alegada por los demandantes”. En el mismo término se pronunció el entonces fiscal general en funciones, Romeo Barahona.

LA PRENSA GRAFICA intentó buscar la opinión de dos de los cinco diputados promovedores del recurso de inconstitucionalidad por estar estos aún en el parlamento, sin embargo, no estuvieron disponibles.

La Sala, por otra parte, resolvió que en los otros dos decretos legislativos objetados por los diputados de izquierda sí hubo un mínimo de discusión previo antes de ser aprobados y por tanto no hubo inconstitucionalidad.

Fuente: La Prensa Grafica.