El decreto Ejecutivo que elimina el requisito de presentar la partida de nacimiento para la renovación del DUI entrará en vigor a partir del próximo sábado, según explicó ayer el presidente del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), Juan José Guerrero.

 

Pese a la inconformidad de los directivos por la falta de consulta del Ejecutivo, y pese al rechazo que han externado diferentes sectores hacia la medida, la junta directiva decidió que respetará el mandato presidencial porque este ya fue publicado en el Diario Oficial.

“Hay consideraciones de que la ley tiene vicios en su conformación, pero independientemente de esto como RNPN no tenemos más que cumplir la ley. No podemos no aplicar una ley, a pesar de que creemos que se debió aprovechar la partida para actualizar el registro electoral”, subrayó Guerrero.

El decreto que envió a publicación el presidente de la República, Mauricio Funes, establece que solo las personas que modifiquen su estado civil o quienes no tengan un documento de respaldo en su expediente deberán presentar la partida.

Otra de las conclusiones que, según Guerrero, sacó la directiva es que no puede obviar este decreto Ejecutivo porque ya en 2006, al igual que Funes, el ex presidente de la República Antonio Saca hizo una modificación al reglamento de la Ley Orgánica del RNPN y esta fue acatada por la directiva de aquel momento.

“Este es un decreto presidencial que como FMLN no compartimos. El presidente Saca dejó establecido un precedente y es el que ha utilizado el presidente Funes. La precedencia de malos procederes, que crea jurisprudencia, no la compartimos y lo lamentamos profundamente”, señaló la directora por el FMLN en el RNPN y diputada, Norma Guevara.

El acuerdo inicial de la directiva es que dejarán en manos de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la revisión de la conformación de la ley. Este jueves, sin embargo, volverán a discutir el tema. Carlos Araujo, representante de ARENA y uno de los directores que más ha defendido la continuidad de la partida, asegura que está preparando un recurso de inconstitucionalidad que presentará ante la CSJ.

El RNPN detectó otro yerro en la redacción del decreto: el documento señala que entrará en vigor el día de su publicación; pero, el análisis de los directivos indica que una norma permanente deberá entrar en vigor ocho días después de su publicación.

Fuente: La Prensa Grafica.